Importadores de grano y fabricantes de chocolate: controla el origen de tu cacao, verifica proveedores y presenta la diligencia debida con Sourevo.
Cacao entra entero: grano, pasta, manteca, polvo y chocolate (partidas 1801 a 1806). La DDS la presenta quien pone el producto por primera vez en la UE. Si un fabricante de Valencia importa grano de Costa de Marfil, la DDS es suya al despacharlo; cuando luego vende tabletas en España, es operador posterior y solo guarda las referencias.
El cacao viene de fincas pequeñas, muchas de menos de 4 ha, agrupadas por cooperativas o compradores locales. Un lote de 25 t puede reunir a varios cientos de productores. Por eso lo primero que hay que saber es si el exportador separa el cacao trazado del que compra en el mercado local, porque una sola saca sin origen deja el lote sin cubrir.
| Código NC | Producto |
|---|---|
| 1801 | Cacao en grano, entero o partido, crudo o tostado |
| 1803 | Pasta de cacao, incluso desgrasada |
| 1804 | Manteca, grasa y aceite de cacao |
| 1805 | Cacao en polvo sin azucarar |
| 1806 | Chocolate y demás preparaciones alimenticias que contengan cacao |
La cáscara, películas y demás residuos de cacao (1802) también figuran en el Anexo I. Un producto con cacao que se clasifica fuera de estas partidas (por ejemplo, una galleta con chocolate de la 1905) no entra, aunque el chocolate que compras para fabricarla sí.
Comprobar otro códigoQuién aporta grano a ese contenedor, con nombre, país y región. En Costa de Marfil y Ghana esta información suele estar en la cooperativa o en el exportador, no en el productor.
Punto para parcelas de hasta 4 ha y polígono para las mayores. Revisa los decimales: un punto con dos decimales tiene un margen de más de un kilómetro y no sirve.
Pregunta cómo se segrega en almacén y en puerto. Si el exportador funciona por balance de masas (mezcla y luego asigna), ese modelo no basta para el EUDR.
La campaña principal o intermedia en la que se cosechó, para fijar el periodo de producción.
Derechos sobre la tierra, normas ambientales y laborales del país de producción. En cacao el trabajo infantil es un riesgo conocido; la normativa laboral del país entra en la legalidad que hay que verificar.
Fechas del Reglamento (UE) 2023/1115 tras la reforma del Reglamento (UE) 2025/2650.
No presentas DDS: la presentó quien importó el cacao. Eres operador posterior y guardas los números de referencia que te pase tu proveedor durante 5 años. Si no eres pyme, además te registras en el sistema de información.
Sí, la 1806 está en el Anexo I. Si importas chocolate de Suiza o del Reino Unido, la DDS es tuya y necesitas la geolocalización del cacao que lleva, aunque el país de fabricación sea de riesgo bajo.
Costa de Marfil está en riesgo estándar en el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1093. Riesgo estándar significa diligencia completa: información, evaluación del riesgo y medidas para reducirlo cuando no es despreciable.
No. El EUDR exige que el producto que importas se pueda vincular a las parcelas donde se produjo. Mezclar cacao con y sin origen y asignar volúmenes en papel no cumple.
Sí. El cacao en polvo sin azucarar va en la 1805 y el azucarado en la 1806, y las dos partidas están en el Anexo I.
Sourevo reúne proveedores, parcelas y lotes, prepara la diligencia debida y presenta tus declaraciones directamente en TRACES.
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